Si vas afrontar unas oposiciones hay conceptos que debes manejas con facilidad.
¿Qué tipos de funcionarios públicos existen?, ¿Cuales son sus funciones? Te lo explicamos con unas definiciones rápidas y sencillas para entender el conjunto del cuerpo personal de la Administración pública.
FUNCIONARIOS
Funcionarios de Carrera
Están vinculados a una Administración Pública para el desempeño de servicios profesionales de carácter permanente retribuidos. Los puestos de la Administración son desempeñados por funcionarios, distribuidos en Cuerpos Generales , estos desempeñan tareas comunes a la actividad administrativa y los Cuerpos Especiales realizando funciones propias de una determinada carrera o profesión.
Funcionarios Interinos
Nombrados como tales para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera cuando existan plazas vacantes y no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera o cuando exista exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de 6 meses, dentro de un periodo de doce meses. La selección de estos se realiza con la formación de bolsas de trabajo con los aspirantes que hayan aprobado algún ejercicio de una oposición anterior, sin haber superado la totalidad del proceso selectivo o aun habiendo superado las pruebas, no han obtenido plaza.
CLASES DE FUNCIONARIOS INTERINOS
Personal Laboral
Personal que presta sus servicios retribuidos por las Administraciones públicas. La duración del contrato podrá ser fijo, por tiempo indefinido o temporal.
Personal Estatutario
Personal que presta sus servicios retribuidos en los servicios de salud de las diferentes Comunidades Autónomas que conforman el Sistema Nacional de Salud. Pueden ser Personal Estatutario Fijos o Personal Estatutario Temporal.
Personal Eventual
Personal que con carácter no permanente, únicamente realiza funciones de confianza o asesoramiento especial. El nombramiento y cese será libres y el cese tendrá lugar, en todo caso, cuando se produzca el de la autoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento. La condición de personal eventual no podrá constituir mérito para el acceso a la Función Público o para la promoción interna.
Maria José Palomares
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